Informe de ingresos por alquiler para fines fiscales para una propiedad de alquiler de propiedad conjunta

Si usted y una o más otras personas poseen conjuntamente una propiedad que alquila, y usted no ha formado una sociedad, una compañía de responsabilidad limitada (LLC) o una corporación, generalmente cada una de ustedes informará su participación proporcional de la renta del alquiler Gastos de ingresos y alquiler en sus declaraciones individuales de impuestos sobre la renta.

Como lo indican el IRS en su publicación 541 sobre asociaciones, una organización no incorporada con dos o más miembros que llevan a cabo un negocio y divide las ganancias normalmente serían clasificado como una sociedad para fines del impuesto federal sobre la renta. Pero el IRS continúa diciendo que la copropiedad de la propiedad que se alquila o arrenda no es una asociación a menos que los copropietarios brinden servicios a los inquilinos.

según el IRS, si proporciona servicios sustanciales Para la comodidad de su inquilino, como la limpieza regular, el cambio de ropa o el servicio de mucama, tendría que presentar una asociación en el Formulario 1065. En ese caso informaría todos sus ingresos y gastos de alquiler en la declaración de la sociedad. Todos los ingresos y gastos se transmiten a los “socios” y cada una de sus acciones distributivas de los ingresos y gastos de alquiler se informaría en el Anexo K-1. Luego tomaría su parte del ingreso neto de la asociación e informaría en el Anexo E de su declaración de impuestos individual.

Hay una excepción cuando una pareja casada posee y opera un negocio inmobiliario. En este caso, la pareja no tiene que presentar una declaración de impuestos de la sociedad, incluso si brindan servicios sustanciales para la comodidad de los inquilinos. En cambio, pueden elegir ser tratados como una empresa conjunta a efectos fiscales e informar sus ingresos y gastos de alquiler en el Anexo E de su declaración de impuestos individual.

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El IRS señala que hay ciertas situaciones en las que usted Estaría sujeto al impuesto por cuenta propia sobre sus ingresos de alquiler. Por ejemplo, si usted y sus copropietarios son comerciantes inmobiliarios; es decir, se vende bienes inmuebles con fines de lucro y alquila bienes inmuebles que está manteniendo en venta, estaría sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia sobre los ingresos de alquiler.

también, si posee y opera Un hotel, una pensión o apartamentos y brindan servicios sustanciales para la comodidad de sus inquilinos, sus ingresos de alquiler estarían sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. El IRS señala que el servicio de mucama se consideraría un servicio sustancial prestado para la conveniencia de sus inquilinos. Pero la calefacción y la iluminación, las escaleras de limpieza y el vestíbulo, o recolectar la basura se brindarían los servicios normalmente a los inquilinos y no harían que la actividad sea una empresa sujeta al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

fuentes: < /b>

Publicación 334, Guía de impuestos para pequeñas empresas, IRS

Publicación 527, propiedad de alquiler residencial, IRS

Publicación 541, asociaciones, IRS

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