Debido proceso versus control del crimen

Desde principios del siglo XIX, nuestro sistema de justicia ha vacilado entre dos modelos distintos. Si bien ambos modelos buscan reducir el crimen, difieren en su enfoque. Herbert L. Packer introdujo estas dos modelos criminales. Describió los dos modelos de justicia como el “modelo de debido proceso” y el “modelo de control del crimen”. Estos modelos tienden a dividir a las personas que trabajan en el sistema de justicia penal (Estado de la mente nacional, 2005).

El modelo de debido proceso busca limitar los poderes del gobierno. Se centra en las libertades y derechos individuales. Se esfuerza por disminuir los errores en los arrestos y condenas de personas inocentes. El modelo de debido proceso se ha denominado una ‘carrera de obstáculos’. Este es un proceso de investigación de hechos lento pero muy confiable. Permite la posibilidad de error. El debido proceso, mientras que tiene una eficiencia mínima, funciona con poca tiranía. Este proceso insiste en la eliminación y la prevención de errores (Neubauer, 2001).

La misión principal del modelo de debido proceso es ayudar a evitar que las personas inocentes sean condenadas injustamente. Este modelo se esfuerza por proteger a aquellos que pueden ser acusados ​​falsamente. Si bien esto es cierto, todavía hay quienes argumentarían que no hace nada por las víctimas y sus derechos (Perron, 2005). Los derechos de una víctima no se restaurarán si la persona equivocada es condenada.

En contraste, el modelo de control del crimen intenta proteger al público. Esto se hace a un costo, incluido el acoso, el arresto e incluso la condena de personas inocentes. Este modelo puede considerarse como una ‘línea de ensamblaje’ (Neubauer, 2001). El modelo de control del crimen es más tolerante a los errores. La ideología de este modelo ofrece la máxima eficiencia pero también la tiranía máxima. Este modelo produce una alta tasa de arrestos y condenas. Funciona con velocidad y finalidad premium. Los hechos se recopilan rápidamente a través del interrogatorio y el examen en la sala del tribunal. La presunción de culpa permite la eficiencia de este sistema. Este modelo funciona para usar la investigación de hechos para exonerar al sospechoso o ingresar a una declaración de culpabilidad (Neubauer, 2001).

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El debido proceso también se enfoca en limitar el poder de la policía y los fiscales. Es confiable. Este modelo trabaja para penalizar a la policía y los fiscales aplicando una presión adecuada y se esfuerza por inducir la conformidad dentro del modelo. Funciona para la igualdad (Neubauer, 2001).

La aplicación de la ley se queja de que la Cuarta Enmienda y el debido proceso limitan sus habilidades para combatir el crimen. Esto no es completamente exacto, ya que hay nuevas interpretaciones que pueden expandir o limitar el poder policial. Gran parte de la interpretación se realiza mediante el fin legal (Perron, 2005).

Además, el debido proceso no se limita estrictamente a la Cuarta Enmienda. La policía también debe considerar otros derechos individuales. Derechos como; un derecho a ser inocente hasta que se pruebe culpable; un derecho a un abogado; un derecho contra la autoinculpación; Un derecho a un interrogatorio justo y un derecho contra el arresto sin causa probable. Estos derechos nos garantizan en la Constitución (Perron, 2005).

Por el contrario, el modelo de control del crimen busca aumentar el poder de la policía y los fiscales. Este modelo es altamente eficiente (Estado Nacional de la mente, 2005). El modelo de control del crimen tolera el arresto ilegal, las búsquedas irrazonables e incluso los interrogatorios coercitivos. Le da a la policía y a los fiscales mucha más latitud (Neubauer, 2001).

Durante la prohibición en la década de 1920, Estados Unidos favoreció el modelo de control del crimen. A medida que se acercaba la década de 1950, las actitudes habían cambiado y el país comenzó a adoptar el modelo de debido proceso. La década de 1970 vio un regreso al modelo de control del crimen que ha continuado a través del presente (Estado de la mente nacional, 2005).

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Si bien el modelo de control del crimen es eficiente, al producir una gran tasa de arresto y condena, tolera abusos de los derechos individuales. Es importante proteger la sociedad del crimen, pero uno debe ver cómo se logra esto. En la prisa del modelo del crimen para barrer las calles libres de crimen, las personas inocentes a menudo son barridas en lo que este modelo está dispuesto a tolerar. Un modelo realmente no puede molestarse por los errores.

El modelo de debido proceso es más lento, pero conserva su estricto estándar de confiabilidad. Este modelo mantiene la integridad y las habilidades de investigación de la policía y los fiscales. Si bien es el más lento de los dos modelos, siento que es, con mucho, el más confiable. No fomenta un arresto falso o un juicio inapropiado. Se establece para proceder con precaución en el arresto y el enjuiciamiento del individuo correcto. Este modelo también preserva los derechos del individuo según lo dispuesto por la Constitución. Apoyo el modelo de debido proceso. Creo que la confiabilidad y la preservación de los derechos individuales deberían superar un modelo de barrido simplemente rápido y amplio.

REFERENCIAS

Capítulo 3: El estado mental nacional sobre el crimen y el castigo en los años ochenta y 1980 y 1980 1990s

(2005). Recuperado el 6 de septiembre de 2005 de

www.facts1.com/research/fo16chap03.pdf

Neubauer, d. (2001). Debatir crimen: retórica y realidad.

Wadsworth Publishing.

Perron, b. (2005). El crimen controla los modelos de debido proceso. Recuperado en

14 de septiembre de 2005 desde www.defenseinvestigator.com/article10.html