¿Califica para el crédito de ingresos ganados? El IRS está facilitando el EIC

Cada año se distribuyen miles de millones de dólares a millones de familias trabajadoras de bajos ingresos en Estados Unidos, para ayudarlos a llegar a fin de mes. Esto se llama un crédito reembolsable, lo que significa que no tiene que pagar primero en impuestos para calificar.

Para calificar para el crédito de ingresos ganados debe:

tener Un número de seguro social válido.

Debe haber obtenido ingresos de un trabajo o trabajo por cuenta propia. El ingreso ganado incluye salarios, salarios, consejos, beneficios de huelga sindical, ganancias netas del trabajo por cuenta propia, beneficios por discapacidad a largo plazo recibidos antes de alcanzar la edad mínima de jubilación, el pago del deber del jurado. Los ingresos que no califican incluyen intereses y dividendos, beneficios de bienestar, beneficios de veteranos, pagos de seguridad social, compensación de trabajadores, pensión alimenticia, manutención infantil, compensación de desempleo, becas imponibles, subsidio de vivienda y dinero ganado por trabajo realizado mientras un interno en
una institución penal.

Debe presentar sus impuestos como soltero, jefe de familia, o casarse con la presentación conjunta, o viuda, pero no puede calificar si está casado presentando por separado.

Debe ser ciudadano estadounidense o extranjero residente durante todo el año, o un extranjero no residente casado con un ciudadano o extranjero residente estadounidense y si está casado, debe presentar un regreso conjunto.

si es un Persona que es reclamada por otro contribuyente para que el contribuyente pueda obtener el EIC, no puede calificar para obtenerlo usted mismo. Por ejemplo: suponga que es la madre de un niño que lo califica para obtener el EIC. Ambos viven con tu madre, y tu madre reclama un EIC porque ella te ayuda a apoyarte. No puede obtener el EIC.

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Si no tiene un hijo calificado:

no debe ser el dependiente de otra persona

< P> Debe tener 25 años, pero menos de 65 al final del año

Debe vivir en los Estados Unidos durante más de la mitad del año, y

En 2006, sus ingresos deben caer bajo estos límites para calificar para el EIC:

con dos o más hijos calificados – $ 36,348 (para una pareja casada que presenta conjuntamente $ 38,348)

Con un hijo calificado: $ 32,001 (para una pareja casada que presenta conjuntamente $ 34,001)

sin hijos calificados – $ 12,120 (para una pareja casada que presenta conjuntamente $ 14,120)

cuánto es El crédito para 2006?

Dos niños, máximo de $ 4,536

un niño, máximo de $ 2,747

sin hijos, máximo de $ 412 </// P>

Requisitos varios:

Ingresos de inversión. Es posible que no tenga ingresos por inversiones superiores a $ 2,800 para el año.

Ingresos por discapacidad. Si se retiró de discapacidad y recibe pagos del plan de jubilación por discapacidad de su empleador, esto se considera ingresos ganados hasta alcanzar la edad mínima de jubilación (la edad más temprana a la que podría recibir una pensión o anualidad si no estaba discapacitado). <//// P>

Avanzado Crédito fiscal de la renta ganada: si califica para el crédito de ingresos ganados, puede recibirlo por adelantado a través del crédito tributario por ingreso avanzado. Debe comunicarse con su empleador y completar documentos para hacerlo. Se recibe por adelantado agregando una parte de él a su cheque de pago.

errores comunes que pueden afectar su capacidad para obtener el EIC

que presenta una sola Jefe de familia cuando está casado

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usando el número de seguro social incorrecto

informando incorrectamente sus ingresos

Reclamando a un niño que no está calificando

<< P> ¿Quién es un niño que califica? Se deben cumplir tres pruebas:

la prueba de edad-

El niño debe tener menos de 19 años el último día del año.

o o tener menos de 24 años y un estudiante a tiempo completo al final del año.

o estar totalmente de forma permanente y totalmente discapacitada al final del año, independientemente de la edad.

la relación Prueba-

debe ser su hijo o hija, hijastro, descendiente de su hijo, como su nieto, un niño adoptivo (un niño legalmente colocado con usted en adopción) un hijo de crianza elegible (un niño colocado con usted por una autoridad u orden legal de la corte), su hermano o hermana, medio hermana, hermandad o descendiente de su hermano.

La prueba de residencia-

el El niño debe haber vivido contigo durante más de la mitad del año en 2006.

referencia: